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		Glosario de 
		Riesgos Laborales - Definiciones Términos Relacionados | 
	
	
		| Absentismo Laboral 
		 | 
		Faltas de asistencia intermitentes del trabajador a su 
		lugar de trabajo que, aunque sean justificadas, podrían suponer la 
		extinción de la relación laboral. | 
	
	
		| Accidente 
		 | 
		Forma de siniestro que acaece en relación directa o 
		indirecta con el trabajo, ocasionados por la agresión inesperada y 
		violenta del medio laboral.  | 
	
	
		| Accidente de 
		Trabajo  | 
		Forma de accidente definida por Ley. | 
	
	
		| Accidente in 
		Itinere  | 
		Se considera accidente in itinere el que sufre el 
		trabajador al ir al lugar de trabajo o al volver de éste. | 
	
	
		| Acción Preventiva 
		 | 
		Acción tomada o a tomar para eliminar los riesgos 
		identificados en un determinado puesto de trabajo. | 
	
	
		| Agente 
		Contaminante | 
		Agente de naturaleza física, química o biológica que, 
		estando presente en el ambiente laboral, puede provocar, en función de 
		las características de exposición al mismo, efectos nocivos en la salud 
		de los trabajadores. | 
	
	
		| Baja Médica | 
		Situación de incapacidad temporal del trabajador 
		certificada por el facultativo que ha realizado el reconocimiento médico 
		de su estado de salud. | 
	
	
		| Boca de incendio 
		equipada | 
		Instalación de extinción de incendios compuesta por los 
		siguientes elementos: boquilla, lanza, manguera, racor, válvula y 
		manómetro. Todos estos elementos deben encontrarse debidamente acoplados 
		entre sí, conectados permanentemente a una red de de agua siempre en 
		carga y convenientemente alojados  | 
	
	
		| Calzado de 
		Seguridad | 
		Equipo de protección individual con el que se pretende 
		preservar la integridad de los pies y las piernas de los trabajadores, 
		existiendo diferentes prestaciones y diseños en función de los 
		requerimientos y las condiciones de trabajo existentes. | 
	
	
		| Carga Física | 
		Esfuerzo fisiológico exigido al trabajador en el 
		desarrollo de su actividad a lo largo de la jornada de trabajo. | 
	
	
		| Comité de 
		Seguridad y Salud | 
		Es el órgano paritario y colegiado de participación 
		destinado a la consulta regular y periódica de las actuaciones de la 
		empresa en materia de prevención de riesgos laborales. | 
	
	
		| Contrato de 
		Trabajo | 
		Acuerdo, a través del cual dos sujetos, empresario y 
		trabajador, celebran un pacto, en el que se obligan a un intercambio 
		continuado entre una prestación de trabajo dependiente y por cuenta 
		ajena y una retribución salarial. | 
	
	
		| Control de Riesgos | 
		Mediante la información obtenida en la evaluación de 
		riesgos, es el proceso de toma de decisión para tratar y/o reducir los 
		riesgos, para implantar las medidas correctoras, exigir su cumplimiento 
		y la evaluación periódica de su eficacia. | 
	
	
		| Convenio Colectivo | 
		Acuerdo sobre las condiciones generales de trabajo entre 
		trabajadores o sus representantes y el empresario o sus representantes. | 
	
	
		| Daño derivado del 
		Trabajo | 
		Conjunto de enfermedades, patologías o lesiones sufridas 
		con motivo u ocasión del trabajo. | 
	
	
		| Delegado de 
		Personal | 
		Es el representante de los trabajadores en las empresas 
		o centros de trabajo de menos de 50 trabajadores. Sus competencias en 
		materia de prevención son las mismas que tiene el Comité de Empresa. | 
	
	
		| Delegado de 
		Prevención | 
		Representante de los trabajadores con funciones 
		específicas en materia de prevención de riesgos laborales, designado por 
		y entre los representantes del personal.  | 
	
	
		| Enfermedad 
		Profesional | 
		La contraída a consecuencia del trabajo ejecutado por 
		cuenta ajena en las actividades que se especifican en el cuadro incluido 
		en el RD 1995/1978, de 12 de mayo, y que esté provocada por la acción de 
		los elementos y sustancias que en dicho cuadro se indican para cada 
		enfermedad profesional. | 
	
	
		| Equipo de alarma y 
		evacuación | 
		Grupo de personas encargadas, en supuestos de 
		emergencia, de activar la alarma y de dirigir la evacuación, conforme a 
		las actuaciones explicitadas en el plan de emergencia. | 
	
	
		| Equipo de 
		Emergencia | 
		Grupo de personas especialmente entrenadas y organizadas 
		para evitar que se produzcan situaciones de emergencia y para activar y 
		liderar, en el caso de que se produzcan, el oportuno Plan de Emergencia. | 
	
	
		| Equipos de 
		Primeros Auxilios | 
		Grupo de personas encargadas de prestar, durante la 
		emergencia, la asistencia sanitaria de carácter primario a los 
		lesionados antes de que llegue, si fuere necesaria, la ayuda médica 
		externa. | 
	
	
		| Equipo de Trabajo | 
		Cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación 
		utilizada en el trabajo. | 
	
	
		| Ergonomía 
		 
		
		(ver más)  | 
		Aplicación conjunta de algunas ciencias biológicas y 
		ciencias de la ingeniería para asegurar una correcta adaptación mutua 
		entre el hombre y el trabajo. | 
	
	
		| Estimación de 
		Riesgos | 
		El proceso mediante el cual se determina la frecuencia o 
		probabilidad y las consecuencias que puedan derivarse de la 
		materialización de un peligro. | 
	
	
		| Estrés 
		 | 
		Fenómeno sicosocial de ansiedad, apatía, depresión, 
		fatiga, irritabilidad, etc. motivado por factores estresores o 
		situaciones estresantes derivadas del trabajo. | 
	
	
		| Evaluación de 
		Riesgos | 
		Proceso mediante el cual se obtiene la información 
		necesaria para que la organización esté en condiciones de tomar una 
		decisión apropiada sobre la adopción de acciones preventivas y sobre el 
		tipo de acciones que deben adoptarse. | 
	
	
		| Extintor | 
		Aparato a presión que contiene un agente (agua, polvo, 
		espuma física, anhídrido carbónico o halón) que puede ser proyectado y 
		dirigido sobre un fuego por acción de una presión interna o externa, con 
		el fin de proceder a su extinción. | 
	
	
		| Gestión del Riesgo | 
		Aplicación sistemática de políticas, procedimientos y 
		prácticas de gestión para analizar, valorar y evaluar los riesgos. | 
	
	
		| Guantes de 
		Seguridad | 
		
		
		Equipo de protección individual (ver más)l con el que se pretende 
		preservar la integridad de las manos del trabajador, existiendo 
		diferentes prestaciones y diseños en función de las necesidades del 
		trabajo. | 
	
	
		| Higiene industrial 
		 | 
		Ciencia y arte dedicados al reconocimiento, evaluación y 
		control de los factores ambientales o tensiones emanados o provocadas 
		por el lugar de trabajo y que pueden ocasionar enfermedades, destruir la 
		salud y el bienestar o crear algún malestar entre los trabajadores o 
		ciudadanos de la comunidad.  | 
	
	
		| Identificación de 
		riesgos  | 
		El proceso mediante el cual se reconoce que existe un 
		riesgo y se definen explícitamente sus causas y características. | 
	
	
		| INSHT 
		 | 
		El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el 
		Trabajo es un órgano científico, técnico y especializado de la 
		Administración General del Estado, que tiene como misión el análisis y 
		estudio de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, y la 
		promoción y apoyo a la mejora de las mismas. | 
	
	
		| Inspección de 
		Trabajo y la Seguridad Social  | 
		Es aquel servicio público al que corresponde ejercer la 
		vigilancia del cumplimiento de las normas de orden social, entre las que 
		se sitúan las normas en materia de prevención, y exigir las 
		responsabilidades pertinentes. | 
	
	
		| Jornada laboral 
		 | 
		Tiempo de trabajo efectivo que el trabajador ha de 
		dedicar a la realización de la actividad para la que ha sido contratado 
		(la duración máxima establecida legalmente es de 40 horas semanales de 
		promedio en cómputo anual). | 
	
	
		| Ley de Prevención 
		de Riesgos Laborales  | 
		Norma básica que pretende ser el pilar fundamental y el 
		marco general de las acciones preventivas en materia de Seguridad y 
		Salud de los trabajadores (Ley 31/1995, de 8 de noviembre -BOE 
		10.11.95-). | 
	
	
		| Manipulación 
		manual de cargas  | 
		Manejo de cargas exclusivamente por medio de la fuerza 
		física de una o varias personas. | 
	
	
		| Manual de auto 
		protección  | 
		Documento marco en el que se establecen las bases 
		técnicas para la elaboración y puesta en práctica de distintas medidas 
		de protección ante emergencias (evaluación del riesgo, inventario de los 
		medios humanos y materiales precisos, plan de emergencia y programación 
		de su implantación y revisión). | 
	
	
		| Mutuas de 
		Accidentes de Trabajo y EEPP  | 
		Asociaciones debidamente autorizadas por el Ministerio 
		de Trabajo y Asuntos Sociales que con tal denominación se constituyan, 
		sin ánimo de lucro, por empresarios que asuman, al efecto, una 
		responsabilidad mancomunada y con el principal objeto de colaborar en la 
		gestión de la Seguridad Social, sin perjuicio de la realización de otras 
		prestaciones, servicios y actividades que les sean legalmente 
		atribuidas. | 
	
	
		| OIT (Organización 
		Internacional del Trabajo)  | 
		Agencia de las Naciones Unidas que reúne, para un 
		objetivo común, a Gobiernos, Empresarios y Trabajadores de todos los 
		países miembros. Su principal objetivo se basa en la comprobación de que 
		los derechos de los trabajadores de todo el mundo se respeten, el 
		aumento del nivel de vida, la justa distribución de los beneficios del 
		progreso, la protección de la vida y salud de los trabajadores. | 
	
	
		| Parte de Accidente 
		de Trabajo  | 
		Documento oficial por el cual el empresario comunica, a 
		la Entidad Gestora o Mutua con la que tenga concertadas las 
		contingencias de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, la 
		ocurrencia de un accidente de trabajo, la forma en que se produjo, el 
		lugar y las consecuencias del mismo. Deberá cursarse, en el plazo de 
		cinco días hábiles contados a partir de la fecha del accidente o de la 
		baja médica, para aquellos accidentes de trabajo o recaídas que 
		conllevan la ausencia del lugar de trabajo de al menos un día (sin 
		contar el día del accidente), previa baja médica. | 
	
	
		| Peligro 
		 | 
		Fuente o situación con capacidad de daño en términos de 
		lesiones, daños a la propiedad, daños al medio ambiente o una 
		combinación de ambos. | 
	
	
		| Plan de Emergencia 
		 | 
		Conjunto de medidas a adoptar por el empresario para 
		hacer frente a situaciones de emergencia, en materia de primeros 
		auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores. | 
	
	
		| Planificación 
		 | 
		Actividades que establecen los objetivos y 
		especificaciones necesarias para desarrollar la acción preventiva y para 
		la aplicación de los elementos del sistema de gestión de la prevención 
		de riesgos laborales. | 
	
	
		| Política de 
		Prevención  | 
		Directrices y objetivos generales de una organización 
		relativos a la prevención de riesgos laborales tal y como se expresan 
		formalmente por la dirección. | 
	
	
		| Prevención de 
		Riesgos Laborales  | 
		Conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas 
		en todas las fases de actividad de la organización con el fin de evitar 
		o disminuir los riesgos derivados del trabajo. | 
	
	
		| Primeros Auxilios 
		 | 
		Conjunto de procedimientos o técnicas que facultan al 
		equipo designado a estos efectos para asumir, en situaciones de 
		emergencia, la primera atención de los accidentados hasta la llegada de 
		la asistencia médica profesional. | 
	
	
		| Protección 
		 | 
		Técnica de actuación sobre las consecuencias 
		perjudiciales que un peligro puede producir sobre un individuo , 
		colectividad, o su entorno, provocando daños. | 
	
	
		| Protección 
		Individual  | 
		Conjunto de sistemas o medidas que, para aquellos 
		riesgos que no han podido ser eliminados por los mecanismos de 
		protección colectiva, se ponen a disposición de determinados 
		trabajadores por precisarlos para un desarrollo de sus funciones seguro 
		y saludable (guantes, oculares, calzado de seguridad, cascos...). | 
	
	
		| Protección 
		Colectiva  | 
		Aquella técnica o dispositivo de seguridad cuyo objetivo 
		es la protección simultánea de varios trabajadores expuestos a un 
		determinado riesgo. | 
	
	
		| Registros de la 
		Prevención  | 
		Documentos que proporcionan información cuya veracidad 
		puede demostrarse, basada en hechos obtenidos mediante observación, 
		medición, ensayo u otros medios de las actividades realizadas de los 
		resultados obtenidos en materia de prevención de riesgos laborales. | 
	
	
		| Riesgo 
		 | 
		Combinación de la frecuencia o probabilidad que puedan 
		derivarse de la materialización de un peligro. | 
	
	
		| Riesgo Laboral 
		 | 
		La posibilidad de que un trabajador sufra un determinado 
		daño derivado del trabajo. Para calificar el riesgo desde el punto de 
		vista de su gravedad, se valorarán conjuntamente la probabilidad de que 
		se produzca el daño y la severidad del mismo. | 
	
	
		| Salud Laboral 
		 | 
		En el ámbito de la prevención de riesgos laborales, se 
		entiende por salud laboral el concepto básico que surge en el conflicto 
		que se produce entre condiciones de trabajo y salud del trabajador, con 
		el objetivo de alcanzar el máximo bienestar físico, psíquico y social de 
		este último. | 
	
	
		| Seguridad en el 
		Trabajo  | 
		Conjunto de disciplinas científicas y técnicas que 
		identifican, evalúan y controlan los factores de riesgo relacionados con 
		la estructura del centro de trabajo, sus instalaciones, las máquinas, 
		los equipos de trabajo, los procesos y los productos, señalando las 
		medidas colectivas o individuales para su prevención. | 
	
	
		| Señal de 
		Advertencia  | 
		Símbolo gráfico que avisa de la existencia de un 
		peligro. Tiene forma triangular, con el pictograma negro sobre fondo 
		amarillo y bordes negros. | 
	
	
		| Señal de 
		Obligación  | 
		Símbolo gráfico que impone la observancia de un 
		comportamiento determinado. Tiene forma redonda, con el pictograma 
		blanco sobre fondo azul. | 
	
	
		| Señal de 
		Prohibición  | 
		Símbolo gráfico que no permite un comportamiento 
		susceptible de provocar un peligro. Tiene forma redonda, con el 
		pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal 
		descendente de izquierda a derecha) rojos. | 
	
	
		| Señalización de 
		Seguridad  | 
		Una señalización que, referida a un objeto, actividad o 
		situación determinadas, proporciona una indicación o una obligación 
		relativa a la seguridad o salud en el trabajo mediante una señal en 
		forma de panel, un color, una señal luminosa o acústica, una 
		comunicación verbal o una señal gestual. lo más adecuado en casa caso. | 
	
	
		| Servicio de 
		Prevención  | 
		Conjunto de medios humanos y materiales necesarios para 
		realizar las actividades preventivas a fin de garantizar la adecuada 
		protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores, asesorando 
		y asistiendo para ello al empresario, a los trabajadores y a sus 
		representantes y a los órganos de representación. | 
	
	
		| Técnico de 
		Prevención  | 
		Personal que, tras cursar con satisfacción los programas 
		establecidos en el Reglamento de Servicios de Prevención, se le reconoce 
		la facultad de ejercer funciones preventivas. Existen tres niveles: 
		básico, intermedio y superior. | 
	
	
		| Valoración del 
		Riesgo  | 
		Con la información obtenida en el análisis de riesgos, 
		es el proceso en el que se emiten juicios sobre la tolerabilidad de 
		riesgos teniendo en cuenta factores socioeconómicos y aspectos 
		medioambientales. | 
	
	
		| Vigilancia de la 
		Salud  | 
		Obligación consistente en la actividad sanitaria a 
		desarrollar por la empresa, a nivel individual y/o del conjunto de los 
		trabajadores, de la que se derivan la determinación de las condiciones 
		de aptitud o no aptitud para el desempeño del puesto de trabajo y, en su 
		caso, las recomendaciones pertinentes. |